¿QUIÉN ME REPRESENTA?
Ya sé –
van a pensar que voy a escribir sobre la selección de Madison Anderson como
Miss Puerto Rico Universe. Pues sí y
no. Para empezar, le tengo aversión a
esos concursos que hacen que las mujeres hagan lo indecible para conformarse a
un ideal de belleza. Eso implica hacer
dieta y ejercicios para que el cuerpo se adapte al ideal de belleza de nuestros
tiempos y llega hasta el extremo de hacerse cirugías para añadir donde no hay o
quitar donde hay demasiado. Que conste,
que creo que cada quien tiene derecho de hacer con su cuerpo lo que le venga en
gana, pero me preocupa cuando ello se hace para complacer a otros –y uso el
masculino a propósito, porque en la mayoría de los casos es a ese género al que
se quiere complacer.
Este año
hubo un elemento adicional en el concurso: la ganadora es de padre norteamericano
–de ahí el nombre tan gringo. Es un
nombre que suena a presentadora de televisión o a representante de un estado en
el concurso de Miss América – ups! –que sí lo fue. Resulta que ella participó como representante
del estado – no del municipio de Florida- en dicho concurso y perdió. Pues parece que sus manejadores le dijeron
que como tiene madre puertorriqueña, podía representar a Puerto Rico. Y resulta
bien extraño, por no decir aberrante, ver y escuchar a quien nos va a
representar. Su apellido no es Pérez o
Rivera y su nombre no es María, ni Marisol: es más, ni siquiera Denisse, que
suena más cercano a la idea anglosajona.
Para más, admitido por ella misma, su idioma primario no es el español.
Se supone que nos representa, aunque de todos modos nunca me he sentido
representada por una reina de belleza.
Me parece que en su apariencia y desempeño representa a un sector
minúsculo de la población, aunque en el aspecto de la conveniencia representa a
más de los que quisiera.
Lo cual
me lleva al propósito de esta reflexión.
¿Quién nos representa? Bajo
nuestro sistema político tenemos una Cámara de Representantes y un Senado, que
son electos por el pueblo para que nos “representen”. Además, un gobernador, que es, hasta la
llegada de la Junta, la máxima autoridad, aparte de la comisionada residente,
quien aunque no vota, nos “representa” ante el Congreso de los Estados Unidos. No
voté por ellos, pero se supone me “representan”. En cuanto a los representantes
y senadores, creo son muy pocos los que puedo decir me representan. Siento que sí lo hacen Manuel Natal, Zoé
Laboy, Larry Seilhamer, Luis Vega Ramos y Vargas Vidot, estos dos últimos por
quienes voté. El hecho de que sienta me representan no quiere decir que esté de
acuerdo con todas sus posturas. Hay
otros, como María Milagros Charbonier, por ejemplo, quienes no siento que me
representen para nada. Pero lo triste es
que ella representa un sector de nuestra población.
Ese
sector está tan aferrado a sus doctrinas religiosas que no solo las creen para
sí, sino que también pretenden que aquéllos que no piensan igual se tengan que
ceñir a las normas impuestas por determinada doctrina religiosa. Usted tiene derecho a predicar en su iglesia
lo que su doctrina dispone y a creer en lo que quiera creer –e incluso a no
creer, pero no tiene un derecho a pretender que el resto de nosotros y nosotras
nos ciñamos a la misma norma. Y creo que
estas personas pueden tener buenas intenciones, pero el velo de sus
convicciones religiosas les nubla el entendimiento. La Biblia, el Corán u otros pueden ser fuente
de inspiración, de iluminación espiritual, pero no son fuente de derecho en
nuestro sistema de gobierno, aunque tampoco puede ser motivo de persecución.
Tengo dos
recuerdos relacionados con los aspectos religiosos, producto de intercambios
con dos empleados mientras laboré en la Oficina de Derechos Civiles de la
Autoridad de Carreteras. El primero se
relaciona con una empleada que se rehusaba a registrar su asistencia en un
nuevo sistema que requería introdujera su mano en un aparato, para que el mismo
“leyera” las dimensiones de ésta. Según
ella, su religión le prohibía someterse a este registro, porque dicha acción
dejaría una marca, lo que según la Biblia, está prohibido y citó un versículo a
esos efectos. En mi función de garantizar
que no hubiese una acción discriminatoria por parte de la agencia, me di a la
tarea de investigar.
Lo
primero que hice fue buscar el versículo citado, el cual en efecto, alude a que
no se harán marcas en el cuerpo. En
segundo lugar, me orienté sobre el sistema del registro de asistencia, el cual
no hace marca alguna en el cuerpo –es decir, no toma huellas dactilares dejando
el dedo entintado, sino que “lee” las dimensiones de la mano, sin dejar
registro visible alguno. La máquina lo
que hace es reconocer que esa mano pertenece a x persona. Analizado el asunto, le escribí a la
empleada, informándole que habíamos hecho la investigación pertinente y
concluimos que no había base para su reclamo, por lo que debía proceder a
registrar su asistencia como los demás empleados, ya que el proceso no
violentaba sus creencias religiosas al no dejar marca alguna en el cuerpo. Su respuesta fue que no dejaba marca en el
cuerpo, pero sí lo hacía en el alma.
Poético como pueda sonar, su planteamiento no tenía base en la doctrina
religiosa ni en la reglamentación, por lo que se dio por terminado el asunto.
El
segundo caso fue el de un empleado preocupado por la legislación que permitía a
dos personas del mismo sexo contraer matrimonio. En su confusión, le causaba desasosiego el
resultado que esto pudiese tener en el culto de su iglesia. Le escuché pacientemente y le expliqué que el
estado no intervenía en su creencia de que el matrimonio sólo pudiese ser entre
hombre y mujer. Nadie iba a llegar a ese
templo a desmentir al pastor. Por otro
lado, el estado –a través de jueces- podía llevar a cabo matrimonios de
personas del mismo sexo, como lo hace en casos de heterosexuales Incluso, podía validar los matrimonios de
personas del mismo sexo efectuados por ministros capacitados para ello en aquellas
iglesias que lo permitiesen, pero no podía intervenir en las creencias de
aquéllas religiones que lo prohibiesen.
El empleado quedó satisfecho con la explicación.
El asunto
del proyecto de ley de la llamada libertad religiosa presenta mas complejidades
de las que pretende resolver. Nuestra Constitución
garantiza la libertad de culto y en ese sentido, un(a) empleado(a) que sienta
que se está violentando su derecho puede exigir se respete y es responsabilidad
del estado evaluar la situación. La
aprobación del proyecto de libertad religiosa presentaría la situación de que
la empleada que hizo el planteamiento sobre las marcas en el cuerpo se negase a
atender ciudadanos con tatuajes. En
nuestros tiempos, eso presentaría un gran problema, no solo por la
proliferación de éstos, sino por la escasez de personal.
Representantes
como Charbonier inducen a un número sustancial de personas a confundir su
derecho a determinada creencia religiosa con la facultad de imponer su creencia
en aras de la llamada salvación. El
retiro de este proyecto y el de las terapias de conversión responde más a una
actitud de veleta del gobernador, que toma sus decisiones dependiendo de la
dirección del viento. Ni una ni el otro
me representan. Madison tampoco. Lo triste es que representan a más gente de
las que uno se imagina, que no se ocupan de analizar la información que reciben
o se mueven de acuerdo a la conveniencia.
¡Dios nos coja confesa’os!
14 de
junio de 2019


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